Resultados de la búsqueda

NombreUnidad GeográficaMóduloTemas  Más información
Promulgación de la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades IndígenasVenezuelaSUCESOPueblos Indígenas La Asamblea Nacional promulga la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas
Comisión de Pueblos IndígenasParaguayINSTITUCIONPueblos Indígenas, Marcos normativos Compete a la Comisión Asesora Permanente de Pueblos Indígenas, el estudio y dictamen de todo proyecto o asunto relacionado con los derechos a la identidad étnica, la propiedad comunitaria, el derecho a la participación, la educación y asistencia, así como la legislación nacional en la materia y las políticas de promoción y protección de los pueblos indígenas y grupos étnicos, así como cualquier actividad vinculada con los pueblos originarios en sus diversas expresiones. Igualmente, velar por la observancia en nuestro país de los tratados que obre la materia; y elaborar y elevar a la plenaria un Informe Anual sobre el estado de las cuestiones o asuntos de su competencia.
Comisión de Pueblos IndígenasParaguayINSTITUCIONPueblos Indígenas, Marcos normativos Es competencia de la Comisión de Pueblos Indígenas, el estudio y dictamen de todo proyecto o asunto relacionada con la legislación, promoción, y protección de las comunidades indígenas, como así mismo cualquier actividad vinculada con los indígenas en sus diversas expresiones.
Comisión Permanente de Pueblos IndígenasVenezuelaINSTITUCIONPueblos Indígenas Tiene como competencia el estudio y desarrollo de la legislación concerniente a los pueblos indígenas, la protección de los derechos, garantías y deberes que la Constitución de la República y las leyes les reconocen, y la promoción y organización de la participación en el ámbito de su competencia.
Dirección General de Derechos de los Pueblos IndígenasPerúINSTITUCION La Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas es un órgano de línea de ámbito nacional encargado de proponer coordinar, evaluar y supervisar con la Alta Dirección del Ministerio y demás órganos del Ministerio la política nacional y las normas de alcance nacional en materias relacionadas con la implementación del derecho a la consulta previa; con la protección, el desarrollo y la promoción de las lenguas indígenas del país; y con la población indígena en situación de aislamiento y contacto inicial. La Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Direcciones: Dirección de Consulta Previa Dirección de Lenguas Indígenas Dirección de los Pueblos en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial - PIACI
Ministerio del Poder Popular para los Pueblos IndígenasVenezuelaINSTITUCIONPueblos Indígenas, Inclusión y derechos económicos, sociales, culturales y ambientales Tiene como Misión “Ser el órgano rector de políticas gubernamentales para el ámbito indígena que facilite e impulse el fortalecimiento de la ancestral comunal indígena, como vía para la difusión de políticas creadas de forma colectiva desde la base, con fuerza para dar respuestas en corto y mediano plazo a las necesidades más urgidas de las comunidades, con el objeto de fortalecer nuestros pueblos originarios y a la Venezuela Bolivariana, Socialista, Multiétnica y Pluricultural”.
Reunión de Autoridades sobre Pueblos Indígenas (RAPIM)MERCOSURINSTITUCIONPueblos Indígenas Reunión creada en 2014 (MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 14/14), con el objetivo de "coordinar discusiones, políticas e iniciativas que beneficien a los Pueblos indígenas de los Estados Partes, así como promover su interconexión cultural, social, económica, política e institucional en el marco del proceso de integración regional".
Dirección de Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y Contacto InicialPerúINSTITUCIONPueblos Indígenas, Inclusión y derechos económicos, sociales, culturales y ambientales "Los pueblos indígenas en aislamiento o contacto inicial constituyen sectores vulnerables de la sociedad nacional que históricamente han sido afectados en términos territoriales, socioculturales, económicos y biológicos. Por ello el Estado peruano defiende sus derechos a través de un Régimen Especial de Protección Multisectorial regulado en la Ley N° 28736."
Ministerio de Asuntos de los Pueblos Indígenas (Ministry of Indigenous Peoples’ Affairs)GuyanaINSTITUCION
Convenio No. 169 sobre pueblos indigenas y tribales en países independientesArgentina: 2000, Uruguay, Brasil: 2002, Paraguay: 1993, Venezuela: 2002, Bolivia: 1991, Chile: 2008, Colombia: 1991, Ecuador: 1998, Guyana, Perú: 1994, SurinamNORMATIVASPueblos Indígenas, Marcos normativos El Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, es un tratado internacional adoptado en Ginebra, el 27 de junio de 1989. Dicho convenio establece el deber para los Estados partes de consultar las medidas legislativas y administrativas susceptibles de afectar directamente a los pueblos originarios, estableciendo procedimientos apropiados de consulta a los pueblos interesados, de buena fe y con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas. regula además materias relacionadas con la costumbre y derecho consuetudinario de los pueblos originarios, establece ciertos principios acerca del uso y transferencia de las tierras indígenas y recursos naturales, junto con su traslado o relocalización. Finalmente, se refiere a la conservación de su cultura y a las medidas que permitan garantizar una educación en todos los niveles, entre otras materias.
Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el CaribeArgentina: 1996, Uruguay: 1999, Brasil: 1998, Paraguay: 1994, Venezuela: 2002, Bolivia: 1993, Chile: 1995, Colombia: 1995, Ecuador: 1994, Guyana, Perú: 1993, SurinamNORMATIVASPueblos Indígenas, Marcos normativos Este instrumento es el Convenio por el cual se establece la creación del "Fondo Indígena", cuyo objeto es es el de establecer un mecanismo destinado a apoyar los procesos de autodesarrollo de pueblos, comunidades y organizaciones indígenas de la América Latina y del Caribe, en adelante denominados "Pueblos Indígenas".
Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades IndígenasVenezuelaNORMATIVASPueblos Indígenas
Ley del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades IndígenasVenezuelaNORMATIVASPueblos Indígenas
Ley Nº 222 Consulta a los Pueblos Indígenas del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure – TIPNISBoliviaNORMATIVASIgualdad y no discriminación, Inclusión y derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, Pueblos Indígenas
Ley Nº 28.736, para la Protección de los Pueblos Indígenas y Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto InicialPerúNORMATIVASPueblos Indígenas
La OIT denuncia trabajo esclavo de indígenas en el Chaco.ParaguaySUCESOMujeres, Pueblos Indígenas, Trata de personas, Trabajo Un informe de la OIT devela la existencia de trabajo en situación de esclavitud y servidumbre de indígenas en el Chaco paraguayo, con particular atención a la situación de las mujeres. En la actualidad se sigue denunciado esta situación por parte de organismos internacionales y nacionales.
Ley de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios en Situación de alta VulnerabilidadBoliviaSUCESOPrevención de la violencia y seguridad ciudadana, Pueblos Indígenas La Ley Nº 450, establece los mecanismos y políticas sectoriales e intersectoriales de prevención, protección y fortalecimiento, para salvaguardar los sistemas y formas de vida individual y colectiva, de las naciones y pueblos indígena originarios en situación de alta vulnerabilidad, cuya sobrevivencia física y cultural esté extremadamente amenazada.
Consejo Nacional para la Igualdad de Pueblos y Nacionalidades (CNIPN)EcuadorINSTITUCIONIgualdad y no discriminación, Migrantes El Consejo Nacional para la Igualdad de Pueblos y Nacionalidades es uno de los 5 consejos nacionales para la igualdad.
Unidad de Asuntos IndígenasChileINSTITUCIONInfraestructura institucional en DDHH, Pueblos Indígenas "Por Orden de Servicio de la Subsecretaría N° 649, de 29 de diciembre de 2010, fue creada en MINREL, la Unidad de Asuntos Indígenas dependiente de la Dirección de Derechos Humanos (DIDEHU/U.A.I.) con el objetivo de transversalizar la política indígena al interior de toda la estructura institucional de este Ministerio, estableciendo acciones, adecuaciones y definiciones de políticas, planes y programas para incorporar la variable indígena y fomentar la diversidad cultural."
Dirección de Políticas indígenasPerúINSTITUCIONPueblos Indígenas "La Dirección de Políticas Indígenas es la unidad orgánica encargada de formular, conducir, ejecutar y supervisar la política indígena intercultural a fin de garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas, proteger sus conocimientos tradicionales y lograr su desarrollo con identidad, en un marco de igualdad de derechos. Alguna de sus funciones son: Proponer y coordinar con las instituciones nacionales competentes y con los gobiernos Regionales las políticas para la protección y registro de los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas vinculados al uso de la biodiversidad. Promover y realizar diagnósticos e investigaciones que contribuyan al diseño de políticas culturalmente pertinente. Promover y diseñar, en el marco de sus competencias, políticas para la igualdad social y el respeto a los derechos de los pueblos del país de conformidad con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en relación a las materias específicas establecidas. Coordinar las acciones necesarias para culminar con los procesos de saneamiento físico legal territorial de los pueblos indígenas y población afroperuana. Elaborar, proponer y aprobar, cuando corresponda, las normas, directivas y lineamientos en el marco de sus competencias."
Dirección de Lenguas IndígenasPerúINSTITUCIONPueblos Indígenas, Cultura y Patrimonio "Las lenguas indígenas son parte importante del patrimonio cultural de la Nación y de cada uno de los pueblos indígenas que las hablan. Su valoración y uso forman parte de las políticas de promoción de la diversidad e interculturalidad y de inclusión social. Por ello la Dirección de Lenguas Indígenas tiene como responsabilidad promover e implementar acciones para el desarrollo y uso de las lenguas indígenas y originarias de los pueblos indígenas del país, fomentando su aprendizaje en el marco de la Ley Nº 29735, la Constitución Política del Perú, la Declaración Universal de los Derechos Lingüísticos y la normativa nacional e internacional relacionada."
6a. CCR: Populações Indígenas e Comunidades TradicionaisBrasilINSTITUCIONPueblos Indígenas Conforme a Resolução 20 do Conselho Nacional do Ministério Público Federal, as Câmaras de Coordenação e Revisão do Ministério Público Federal são órgãos setoriais de coordenação, integração e revisão do exercício funcional dos Procuradores da República, organizadas por matéria. À 6ª Câmara, incumbe tratar especificamente dos temas relacionados a populações indígenas e comunidades tradicionais. De forma detalhada, estão no escopo da atuação da 6ª Câmara grupos que têm em comum um modo de vida tradicional distinto da sociedade nacional majoritária, como: Indígenas, Quilombolas, Comunidades extrativistas, Comunidades ribeirinhas, Ciganos. O principal desafio dos procuradores que atuam nas temáticas da 6ª Câmara é assegurar a pluralidade do Estado brasileiro na perspectiva étnica e cultural, como a constituição determina.
Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y MinoríasColombiaINSTITUCIONPueblos Indígenas, Inclusión y derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, Igualdad y no discriminación La misión de la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías es "Promover el reconocimiento a la diversidad étnica (pueblos indígenas y Rom) y el ejercicio de sus derechos" y su visión es "Formular e implementar las políticas que garanticen el goce efectivo de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas y Rom". Los objetivos estratégicos se dividen en 4 ejes: "1- Estudios Etnológicos: Realizar estudios a fin de establecer si los grupos que se reivindican como indígenas constituyen una comunidad o parcialidad indígena, y preparar los respectivos conceptos. 2- Impulsar la Promoción y Atención de los Derechos de la Población Indígena, Rom y Minorías - Realizar las acciones necesarias para gestionar las peticiones, requerimientos y consultas relacionadas con comunidades Indígenas, Rom y Minorías. 3 - Registro y Certificación de Autoridades y Asociaciones Indígenas - Registrar y certificar a las asociaciones y autoridades indígenas atendiendo la normatividad vigente. 4- Realización De Los Espacios De Participación Para Los Pueblos Indígenas - Coordinar interinstitucionalmente la realización de los espacios de participación para los pueblos indígenas previsto por la ley, y promover la participación de las organizaciones y autoridades que los representen."
Grupo de Trabajo de Políticas IndígenasPerúINSTITUCIONParticipación y expresión, Pueblos Indígenas "El Grupo de Trabajo de Políticas Indígenas (GTPI) es un espacio permanente de coordinación y diálogo entre los pueblos indígenas y el Poder Ejecutivo. En el marco de la implementación del derecho a la participación política de los Pueblos Indígenas (reconocido por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo), el GTPI se encarga de proponer y dar seguimiento a las políticas públicas que involucran a los pueblos indígenas y requieren por tanto ser diseñadas y aplicadas con enfoque intercultural. El GTPI fue creado como grupo de trabajo de naturaleza permanente en noviembre de 2014 mediante Resolución Ministerial N° 403-2014-MC. En la primera sesión ordinaria del GTPI el Viceministerio de Interculturalidad y las siete Organizaciones Nacionales acordaron priorizar el seguimiento y la implementación de políticas públicas en cinco ejes priorizados de la Agenda Estratégica de Política Indígenas. Posteriormente, en la quinta sesión ordinaria se acuerda crear un sexto eje priorizado. EJE 1 Políticas para garantizar el ejercicio del derecho a la Identidad, la Cultura, y los Derechos Lingüísticos y para promover la erradicación de todas las formas de discriminación. EJE 2 Políticas para la Representación y Participación Política de los pueblos indígenas. EJE 3 Políticas para garantizar el Reconocimiento, Protección y Titulación de los Territorios Comunales. EJE 4 Políticas para el Desarrollo Social con identidad garantizando los servicios de Salud y Educación intercultural y los programas sociales con pertinencia cultural. EJE 5 Políticas para el Desarrollo Económico con identidad promoviendo las economías locales y la Seguridad y Soberanía Alimentaria. EJE 6 Género y jóvenes."
Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI)ArgentinaINSTITUCIONPueblos Indígenas, Igualdad y no discriminación El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) es un organismo descentralizado creado por la Ley 23302 que implementa las políticas sociales destinadas a los pueblos originarios. Su principal propósito es asegurar el ejercicio de la plena ciudadanía a los integrantes de los pueblos indígenas, garantizando el cumplimiento de los derechos consagrados constitucionalmente (Art.75,Inc.17). El INAI presta atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país para asegurar su defensa y desarrollo, su plena participación en el proceso socioeconómico y cultural de la Nación, respetando sus propios valores y modalidades. Implementa programas que permitan su acceso a la propiedad de la tierra y el fomento de su producción agropecuaria, forestal, minera, industrial o artesanal en cualquiera de sus especializaciones, la preservación de sus pautas culturales en los planes de enseñanza y la protección de la salud de sus integrantes, tal como lo establece el Decreto 410/2006 que reglamenta su estructura organizativa.
Ley N° 450 Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios en situación de alta VulnerabilidadBoliviaNORMATIVASPrevención de la violencia y seguridad ciudadana, Igualdad y no discriminación, Memoria, verdad y justicia, Pueblos Indígenas
Ley de los derechos colectivos de los pueblos negros o afroecuátorianosEcuadorNORMATIVASIgualdad y no discriminación, Inclusión y derechos económicos, sociales, culturales y ambientales
Ley de Idiomas IndígenasVenezuelaNORMATIVASPueblos Indígenas, Educación
Ley Nº 904 Estatuto de las Comunidades IndígenasParaguayNORMATIVASPueblos Indígenas, Vivienda y tierra
Ley Nº 26.160 Comunidades Indígenas.ArgentinaNORMATIVASIgualdad y no discriminación, Pueblos Indígenas Sobre Emergencia de la Propiedad Comunitaria Indígena.
Ley 19.253, establece normas de protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación.ChileNORMATIVASIgualdad y no discriminación
Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural (SDH)ArgentinaINSTITUCIONMemoria, verdad y justicia, Igualdad y no discriminación, Infraestructura institucional en DDHH, Inclusión y derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, Prevención de la violencia y seguridad ciudadana, Prevención de la violencia institucional, Condiciones de detención, Trata de personas, Niñez y adolescencia, Jóvenes, Personas mayores, Personas con discapacidad, Afrodescendientes, LGBTI, Mujeres, Violencia de género, Pueblos Indígenas, Migrantes, Refugiados y solicitantes de asilo, Derechos sexuales y reproductivos, Salud mental, VIH/SIDA La Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural es el organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, encargado de proteger y promover los derechos humanos de todas las personas que habitan el territorio argentino. Los objetivos de la Secretaria están definidos en el Decreto 12/2016. Además de la Subsecretaría de Promoción de Derechos Humanos y de la Subsecretaría de Protección de Derechos Humanos, también se encuentran en la órbita de la Secretaria la coordinación del Consejo Federal de Derechos Humanos, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), el Archivo Nacional de la Memoria, La Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CONADI), el Museo del Sitio ESMA - Ex Centro Clandestino de Detención, Tortura y Extermínio y el Programa Verdad y Justicia.
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI)ArgentinaINSTITUCIONIgualdad y no discriminación, Migrantes, Afrodescendientes, Pueblos Indígenas, Niñez y adolescencia, Jóvenes, LGBTI, Mujeres El Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) es un organismo descentralizado que fue creado mediante la Ley 24515 en el año 1995 y comenzó sus tareas en el año 1997. Desde el mes de marzo de 2005, por Decreto presidencial 184, se ubicó en la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. En función de su ley de creación, el Instituto tiene por objeto elaborar políticas nacionales para combatir toda forma de discriminación, xenofobia y racismo, impulsando y llevando a cabo políticas públicas federales y transversales articuladas por la sociedad civil, y orientadas a lograr una sociedad diversa e igualitaria. El INADI cuenta con Direcciones de: Asistencia a la Víctima, Administración, Asuntos Jurídicos, Políticas contra la Discriminación, y Promoción y Desarrollo de Prácticas contra la Discriminación. También cuenta con Observatorios de Discriminación enfocados en tres ámbitos: Radio y Televisión, Deporte, y Internet.
Instituto Nacional Contra la Discriminación Racial (INCODIR)VenezuelaINSTITUCIONAfrodescendientes, Pueblos Indígenas Es la institución nacional responsable del diseño, ejecución y vigilancia del cumplimiento de las políticas públicas destinadas a la prevención sanción, atención y erradicación de la discriminación racial en todos los ámbitos del quehacer social venezolano, para cohesionar la sociedad, defender los derechos humanos, garantizar la igualdad y apoyar la administración de la justicia, y eliminar las prácticas racistas en la sociedad venezolana, bajo el respeto a la Constitución, la ley orgánica contra la discriminación racial y demás las leyes del ordenamiento jurídico de la República Bolivariana de Venezuela
Comisión Prevención y Erradicación Discriminación Racial en el Sistema Educativo VenezolanoVenezuelaINSTITUCIONEducación y capacitación en DDHH, Afrodescendientes, Pueblos Indígenas La Comisión Presidencial para la Prevención y Erradicación de todas las Formas de Discriminación Racial y otras Distinciones en el Sistema Educativo Venezolano tiene por objeto la elaboración, formulación, coordinación, seguimiento y evaluación de programas, métodos y políticas públicas correspondientes al sector educativo, que garanticen la igualdad de posibilidades y de trato para todas las personas en el goce y ejercicio efectivo del derecho a la educación, previniendo y eliminando las prácticas discriminatorias. La Comisión está compuesta por el Ministerio del Poder Popular para la Educación (quien la preside), el Ministerio del Poder Popular para la Cultura, el Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información, La Defensoría del Pueblo, la Fiscalía General de la República, el Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, el Consejo Nacional de Educación, Cultura e Idiomas Indígenas y dos representantes de la Red de Organizaciones Afrovenezolanas
Dirección de Salud IndígenaParaguayINSTITUCIONPueblos Indígenas, Salud, Niñez y adolescencia El objetivo de esta Dirección es contribuir a la Universalidad, la Equidad, la Integralidad y el fortalecimiento de la Participación indígena, adoptando medidas de acción positivas para la inclusión en la atención de esta población históricamente vulnerada en su derecho a la salud. Actualmente ejecuta la Política Nacional de Salud Indígena.
Instituto Paraguayo del Indígena (INDI)ParaguayINSTITUCIONPueblos Indígenas, Desplazados internos Su Misión es “Cumplir, garantizar y velar por el fiel cumplimiento de los derechos indígenas, armonizando el mandato legal con la participación de los pueblos indígenas, en forma articulada y coordinada con otras instituciones”.
Oficina de derechos étnicosParaguayINSTITUCIONAcceso a la justicia, Pueblos Indígenas Esta dirección acompaña las denuncias y causas inciadas por personas pertenecientes a pueblos indígenas o comunidades indígenas o donde las mismas se ven involucradas.
Fundação Nacional do Índio (FUNAI)BrasilINSTITUCIONPueblos Indígenas A Fundação Nacional do Índio – FUNAI é o órgão indigenista oficial do Estado brasileiro. Criada por meio da Lei nº 5.371, de 5 de dezembro de 1967, vinculada ao Ministério da Justiça, é a coordenadora e principal executora da política indigenista do Governo Federal. Sua missão institucional é proteger e promover os direitos dos povos indígenas no Brasil. Cabe à FUNAI promover estudos de identificação e delimitação, demarcação, regularização fundiária e registro das terras tradicionalmente ocupadas pelos povos indígenas, além de monitorar e fiscalizar as terras indígenas. A FUNAI também coordena e implementa as políticas de proteção aos povo isolados e recém-contatados. É, ainda, seu papel promover políticas voltadas ao desenvolvimento sustentável das populações indígenas.
Comissão Nacional de Política Indigenista (CNPI)BrasilINSTITUCIONPueblos Indígenas A CNPI é um órgão do Ministério da Justiça composto por 20 representantes indígenas, 2 representantes de organizações indigenistas não governamentais e 13 membros de órgãos governamentais, além de convidados permanentes, dentre os quais o Ministério Público Federal. As suas deliberações são paritárias. A presidência da CNPI é exercida pela Fundação Nacional do Índio. Com a criação da CNPI, foi estabelecido um canal específico de diálogo entre os diversos órgãos de governo responsáveis pela política indigenista oficial do Estado brasileiro e representantes indígenas de todo o país. Cabe à CNPI a proposição de diretrizes e prioridades para a política indigenista e o acompanhamento das ações desenvolvidas pelos órgãos da Administração Pública Federal relacionadas à temática indígena. Por ser um órgão temporário, uma das prioridades da Comissão tem sido a aprovação do PL 3571/2008, de autoria do Poder Executivo Federal, em trâmite no Congresso Nacional, que cria o Conselho Nacional de Política Indigenista.
Com. de Igualdade de Oport. de Gênero, de Raça e Etnia, de Pessoas com Defic. e de Comb. à DiscriminaçãoBrasilINSTITUCIONTrabajo, Mujeres, Afrodescendientes, Pueblos Indígenas, Migrantes Competirá à Comissão Central: a) Oganizar, coordenar, orientar e disciplinar as atividades das Subcomissões e das Comissões regionais; b) Orientar a execução das ações de promoção de igualdade de oportunidades e de combate à discriminação no mundo do trabalho; c) Monitorar e avaliar a implementação de ações de promoção de igualdade de oportunidades de trabalho e de combate à discriminação sob responsabilidade do MTE; d) Promover a articulação interna e parcerias com os diversos órgãos governamentais e com a sociedade civil com a finalidade de combater todas as formas de discriminação e de promover a igualdade de oportunidades e de tratamento no mundo do trabalho; e) Orientar na efetivação das ações afirmativas enquanto políticas de Estado e acompanhar as atividades das Comissões Regionais
Com. Nac. de Desenvolv. Sustent. dos Povos e Comunidades Tradicionais (CNPCT)BrasilINSTITUCIONPueblos Indígenas A Comissão Nacional de Desenvolvimento Sustentável dos Povos e Comunidades Tradicionais (CNPCT) tem como missão pactuar a atuação conjunta de representantes da Administração Pública direta e membros do setor não governamental pelo fortalecimento social, econômico, cultural e ambiental dos povos e comunidades tradicionais. Entre suas principais atribuições estão coordenar e acompanhar a implementação da Política Nacional de Desenvolvimento Sustentável dos Povos e Comunidades Tradicionais, instituída pelo Decreto nº 6.040/07. A CNPCT também propõe princípios e diretrizes para políticas relevantes ao desenvolvimento sustentável dos povos e comunidades tradicionais no âmbito do Governo Federal.
Comitê Perm. de Desenvolv. Sustent. dos Povos e Comunidades TradicionaisBrasilINSTITUCIONPueblos Indígenas O Comitê Permanente de Desenvolvimento Sustentável dos Povos e Comunidades Tradicionais, criado em 2011 por meio da Resolução CONDRAF nº 83, tem as seguintes atribuições: - propor, acompanhar e analisar as ações de uma política pública para o etnodesenvolvimento junto aos Povos e Comunidades Tradicionais, que desenvolvam atividades rurais, e na implementação de condições preferenciais de acesso às políticas agrícolas, agrárias, sociais, culturais, pesqueiras, aquícolas e extrativistas; - estudar e propor fontes alternativas de financiamento para viabilizar essa política pública a fim de atender aos Povos e Comunidades Tradicionais; - propor a realização de estudos e debates sobre a operacionalização e resultados estratégicos das atividades e projetos de etno-desenvolvimento; - manter-se informado sobre o cumprimento das metas gerais programadas para a ação de promoção de raça e etnias, no atendimento aos Povos e Comunidades Tradicionais, desenvolvidas pelo Ministério do Desenvolvimento Agrário – MDA e outros Ministérios, bem como sobre os resultados do monitoramento e avaliação dos projetos realizados, procurando identificar obstáculos à sua implementação e propondo medidas que assegurem a execução do que foi planejado; - solicitar informações que julgar necessárias ao desempenho de suas atribuições junto aos órgãos responsáveis pelas Ações de Promoção da Igualdade de Raça e Etnia e de atendimento às demandas dos Povos e Comunidades Tradicionais; - sugerir aos conselhos estaduais, territoriais e municipais a constituição de comitês semelhantes para acompanhar a ação de promoção de igualdade de raça e etnia e de políticas voltadas para os Povos e Comunidades Tradicionais; - identificar a necessidade e propor a criação ou modificação de instrumentos necessários à implementação de políticas relevantes para o desenvolvimento sustentável dos Povos e Comunidades Tradicionais; - articular o Comitê de Povos e Comunidades Tradicionais do MDA com a Comissão Nacional de Desenvolvimento Sustentável de Povos e Comunidades Tradicionais – CNPCT do MDS/MMA; - contribuir com a elaboração e implantação dos planos de desenvolvimento sustentável dos Povos e Comunidades Tradicionais, previstos na Política Nacional de Desenvolvimento Sustentável dos Povos e Comunidades Tradicionais; e - pautar o Plenário do CONDRAF de temas relacionados aos Povos e Comunidades Tradicionais, assim como, informar suas atividades e resultados, por meio de relatórios periódicos.
Dirección General de Género, Generación y Etnia Rural (DGGGE)ParaguayINSTITUCIONMujeres, Jóvenes, Pueblos Indígenas
Secretaria Especial de Saúde Indígena (SESAI)BrasilINSTITUCIONPueblos Indígenas Com a criação desta secretaria em 19/10/2010, o Ministério da Saúde passa a gerenciar diretamente a atenção à saúde dos indígenas, levando em conta aspectos culturais, étnicos e epidemiológicos dos 225 povos que vivem no País. Também serão funções da SESAI ações de saneamento básico e ambiental das áreas indígenas, como preservação das fontes de água limpa, construção de poços ou captação à distância nas comunidades sem água potável, construção de sistema de saneamento, destinação final ao lixo e controle de poluição de nascentes.
Dirección de Educación InterculturalVenezuelaINSTITUCIONEducación, Pueblos Indígenas La Dirección de Educación Intercultural orienta sus acciones hacia el desarrollo de la Educación Propia e Intercultural de los pueblos indígenas, garantizando el acceso, permanencia, el fortalecimiento, revitalización cultural, así como el uso, difusión y preservación de los idiomas y culturas indígenas a través de la educación.
Dirección de Derechos HumanosParaguayINSTITUCIONCondiciones de detención, Niñez y adolescencia, Prevención de la violencia institucional, Pueblos Indígenas, Marcos normativos El propósito de la Dirección es la “Promoción, Defensa y Fortalecimiento en Derechos Humanos con énfasis en niñez y adolescencia”.
Dirección Nacional de Pluralismo e InterculturalidadArgentinaINSTITUCIONIgualdad y no discriminación, Afrodescendientes, Pueblos Indígenas, Libertad de religión y creencias
Ministerio de Desarrollo SocialChileINSTITUCIONIgualdad y no discriminación, Inclusión y derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, Niñez y adolescencia, Personas mayores, Pueblos Indígenas, Jóvenes, Personas con discapacidad, Seguridad social El Ministerio de Desarrollo Social tiene como misión "Contribuir en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia de desarrollo social, especialmente aquellas destinadas a erradicar la pobreza y brindar protección social a las personas o grupos vulnerables, promoviendo la movilidad e integración social. Asimismo, deberá velar por la coordinación, consistencia y coherencia de las políticas, planes y programas en materia de desarrollo social, a nivel nacional y regional y evaluar los estudios de preinversión de los proyectos de inversión que solicitan financiamiento del Estado para determinar su rentabilidad social de manera que respondan a las estrategias y políticas de crecimiento y desarrollo económico y social que se determinen para el país."
Corporación Nacional de Desarrollo IndígenaChileINSTITUCIONPueblos Indígenas, Igualdad y no discriminación, Inclusión y derechos económicos, sociales, culturales y ambientales La misión institucional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena es "Promover, coordinar y ejecutar la acción del Estado en favor del desarrollo integral de las personas y comunidades indígenas, especialmente en lo económico, social y cultural y de impulsar su participación en la vida nacional, a través de la coordinación intersectorial, el financiamiento de iniciativas de inversión y la prestación de servicios a usuarios y usuarias." Sus objetivos estratégicos son: "Incrementar la participación de la población indígena en los procesos de formulación de políticas públicas, medidas legislativas y/o administrativas que les afecten directamente, a través de instancias de diálogo, consultas e información masiva, para fomentar una mejor institucionalidad y oferta pública. Incrementar el aprendizaje de las lenguas y las culturas originarias en niños y jóvenes indígenas, a través de la educación formal y la práctica de enseñanza tradicional, para fomentar la identidad de los pueblos indígenas. Reducir el déficit de activos productivos (tierras y aguas) en el mundo indígena rural, perfeccionando la política de tierras y aguas mediante la incorporación de instrumentos de apoyo a la formación de capital humano y emprendimiento productivo. Aumentar las oportunidades para el desarrollo integral de familias y organizaciones indígenas urbanas, mediante la implementación de instrumentos que mejoren el acceso al crédito y/o subsidios orientados, preferentemente, al desarrollo productivo, comercial y sociocultural. Aumentar las oportunidades para el desarrollo integral de familias, comunidades y organizaciones indígenas rurales, mediante la implementación de instrumentos y/o subsidios que fomenten la producción, acceso a mercados y cadenas de valor, como el desarrollo sociocultural y organizacional. Disminuir los tiempos de atención y trámite de la población indígena, a través de la mejora e innovación de procesos, productos y tecnología disponibles en los espacios de atención del servicio." Su público objetivo, incluye personas indígenas y sus organizaciones, se vincula a las 9 etnias reconocidas en la Ley Nº 19.253, a saber: "Aymara; Atacameña; Colla; Quechua; Rapa-Nui; Mapuche; Yámana; Kawashkar; Diaguita."
Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación RacialPerúINSTITUCIONIgualdad y no discriminación, Pueblos Indígenas "La Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación Racial es la unidad orgánica encargada de formular, implementar y supervisar, en el marco de las competencias del Ministerio de Cultura, los programas que contribuyan a eliminar la discriminación étnico-racial y que promuevan una ciudadanía intercultural, fomentando el diálogo entre los distintos grupos culturales del Perú, sobre la base del respeto y la valoración positiva de la diversidad, con miras a la construcción de una sociedad cohesionada y de una cultura de paz en el país. Algunas de sus funciones son: Coordinar y brindar apoyo técnico para el diseño y la ejecución de programas y planes de los distintos sectores y niveles de gobierno, relacionados con el reconocimiento positivo de la diversidad cultural y practicas de no discriminación. Generar mecanismos y acciones para promover prácticas interculturales, de reconocimiento de la diversidad cultural y no discriminación. Promover y realizar estudios e investigaciones que contribuyan a comprender nuestra diversidad cultural y las particularidades culturales de los pueblos indígenas. Elaborar, proponer y aprobar, cuando corresponda, las normas, directivas y lineamientos en el marco de sus competencias. Promover la suscripción de convenios de colaboración interinstitucional nacionales e internacionales en el ámbito de su competencia. Identificar y coordinar con los órganos y entidades competentes, las iniciativas de proyectos de financiamiento de cooperación nacional e internacional relacionados al ámbito de su competencia."
Dirección de Consulta PreviaPerúINSTITUCIONParticipación y expresión, Pueblos Indígenas "La Dirección de Consulta Previa es el órgano de línea encargado de realizar las acciones vinculadas a la promoción de la implementación del derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas del país, brindando asistencia técnica. Tiene las siguientes funciones: Concertar y coordinar con las entidades promotoras la realización de procesos de consulta previa en el marco de la normatividad vigente sobre consulta previa. Organizar y mantener el registro de los resultados de los procesos de consulta previa realizados y el registro de facilitadores. Informar y sensibilizar a los pueblos indígenas y otras organizaciones sobre el alcance del derecho a consulta previa, su implementación y sus efectos. Brindar asistencia técnica a las entidades promotoras y a las organizaciones representativas y a sus representantes del o de los pueblos indígenas u originarios, así como atender las dudas que surjan en cada proceso en particular. Brindar capacitación a las entidades promotoras y a las organizaciones representativas y a sus representantes del o de los pueblos indígenas u originarios, para implementar los procesos de consulta previa. Emitir opinión, de oficio o a pedido de cualquiera de las entidades facultadas para solicitar la consulta, sobre la calificación de la medida legislativa o administrativa proyectada por las entidades responsables, sobre el ámbito de la consulta y la determinación de los pueblos a ser consultados en el marco de la normativa vigente sobre el derecho de consulta previa. Asesorar a las entidades responsables de ejecutar procesos de consulta y a los pueblos que son consultados en la definición del ámbito y características de la consulta. Proponer a la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas, cuando corresponda, las normas, directivas y lineamientos en el marco de sus competencias. Coordinar con otras entidades del sector público y privado, nacional e internacional. Promover la suscripción de convenios de colaboración interinstitucional nacionales e internacionales. "
Misión GuaicaipuroVenezuelaPOLITICASInclusión y derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, Pueblos Indígenas En el año 2004 es creada la Misión Guaicaipuro, adscrita al Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales. En el año 2005 pasa al Ministerio de Participación y Desarrollo Social. En 2007 es creado el Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas, y se adscribe la Misión a esta institución, que se encarga de presidirla y ejercer la Secretaría Ejecutiva El objetivo de la Misión es “Promover, desarrollar y ejecutar las políticas bolivarianas dirigidas a saldar, con los entes del gobierno nacional, la deuda histórica a las comunidades organizadas indígenas, haciendo cumplir el Plan Nacional Simón Bolívar, bajo la óptica de un solo proyecto bolivariano, de una sola revolución y de un solo Comandante Presidente generando así la mayor suma de felicidad” (Misión Guaicaipuro, consulta en línea: http://www.minpi.gob.ve/minpi/es/mg)
Política Nacional de Desenvolvimento Sustentável dos Povos e Comunidades TradicionaisBrasilPOLITICASPueblos Indígenas A PNPCT tem como principal objetivo promover o desenvolvimento sustentável dos Povos e Comunidades Tradicionais, com ênfase no reconhecimento, fortalecimento e garantia dos seus direitos territoriais, sociais, ambientais, econômicos e culturais, com respeito e valorização à sua identidade, suas formas de organização e suas instituições.
Política Nacional de Promoção da Igualdade Racial - PNPIRBrasilPOLITICASIgualdad y no discriminación, Afrodescendientes, Pueblos Indígenas Aprovada pelo Decreto 4.886/2003, a Política Nacional de Promoção da Igualdade Racial - PNPIR tem por objetivo a redução das desigualdades raciais no Brasil, com ênfase na população negra, mediante a realização de ações exeqüíveis a longo, médio e curto prazos, com reconhecimento das demandas mais imediatas, bem como das áreas de atuação prioritária.
Programa de InterculturalidadArgentinaPOLITICASMigrantes, Pueblos Indígenas El programa de Interculturalidad comprende la temática de discriminación hacia grupos identitarios centrados en una tradición, religión, lengua y origen territorial compartido
Bienestar para nuestra genteArgentinaPOLITICASPueblos Indígenas, Seguridad social El programa Bienestar para Nuestra Gente busca garantizar a los pueblos indígenas de la Argentina el pleno goce y ejercicio de los derechos a la Seguridad Social en condiciones de igualdad a otros sectores sociales. A partir de diferentes acciones institucionales se facilita a los pueblos indígenas el acceso a las prestaciones de la seguridad social sin discriminación alguna, respetando su cultura y características socio-económicas. La meta del programa es posibilitar la construcción de procesos de reforma que permitan la extensión de la cobertura con una activa participación indígena en la difusión y diseño de las acciones de seguridad social. El programa es de alcance nacional y se implementa mediante módulos desarrollados por personal de la ANSES en las comunidades indígenas, previa consulta y conformidad de cada pueblo. Comprende distintas acciones de inclusión, difusión y formación teórica-práctica de los dirigentes indígenas y miembros de las comunidades en general.
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación RacialArgentina: 1968, Uruguay: 1968, Brasil: 1968, Paraguay: 2003, Venezuela: 1967, Bolivia: 1970, Chile: 1971, Colombia: 1981, Ecuador: 1966, Guyana: 1977 R, Perú: 1971, Surinam: 1984NORMATIVASAfrodescendientes, Pueblos Indígenas, Marcos normativos, Educación y capacitación en DDHH Fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 21 de diciembre de 1965, y entró en vigor el 4 de enero de 1969. La Convención está antecedida por una serie de considerandos o motivos, e integrada por 25 artículos, divididos en tres partes. En su primer artículo la Convención define el concepto de "discriminación racial" adoptando un criterio amplio que alcanza a diferentes modalidades de discriminación, distinción, restricciones o preferencias, ya sea por motivo de "raza, color, linaje u origen nacional o étnico". Sin embargo el tratado se cuida de aclarar que el mismo no puede ser utilizado de ningún modo para afectar las normas internas de los estados en materia de ciudadanía e inmigración, en tanto no se establezcan discriminaciones en contra de ciertas nacionalidades. Finalmente la convención aclara que no se encuentra prohibido por la misma tomar medidas de discriminación positiva.
Preservación del patrimonio cultural y natural de la región para la consecución de los objetivos del Tratado de AsunciónNORMATIVASPueblos Indígenas, Ambiente y recursos naturales, Cultura y Patrimonio "Considerando: la relevancia de la preservación del patrimonio cultural y natural de la región para la consecución de los objetivos del Tratado de Asunción" se recomienda "que la aprobación y ejecución de proyectos en el área de frontera en los cuatro Estados Partes lleven en consideración la relevancia de preservar el patrimonio cultural y natural de la región".
Grupos étnicos de los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y ChileNORMATIVASPueblos Indígenas, Cultura y Patrimonio Considerando "la necesidad de proteger y promover la diversidad cultural de la región" y "la importancia de ampliar los vínculos de integración entre los distintos grupos y movimientos étnicos de los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile" se recomienda "que se adopten medidas para la promoción de encuentros de los Grupos Étnicos Regionales y par la organización de eventos comunes que permitan una amplia divulgación de la contribución cultural de esos Grupos para el desarrollo de la cultura y de la economía regional".
Ley N° 23.302. Protección de comunidades aborígenesArgentinaNORMATIVASPueblos Indígenas
Ley N° 25.517. Disposición sobre restos mortales de aborígenes que formen parte de museos y/o colecciones públicas o privadasArgentinaNORMATIVASPueblos Indígenas, Archivos
Ley Orgánica Contra la Discriminación RacialVenezuelaNORMATIVASAfrodescendientes, Pueblos Indígenas
Lei Nº 6.001 Estatuto do ÍndioBrasilNORMATIVASPueblos Indígenas
Lei Nº 7.437 Inclui, entre as contravenções penais a prática de atos resultantes de preconceito de raça, de cor, de sexo ou de estado civilBrasilNORMATIVASAfrodescendientes, Migrantes, Mujeres, Pueblos Indígenas
Lei Nº 12.711 Lei de Cotas para o Ensino SuperiorBrasilNORMATIVASAfrodescendientes, Pueblos Indígenas A Lei nº 12.711/2012 garante a reserva de 50% das matrículas por curso e turno nas 59 universidades federais e 38 institutos federais de educação, ciência e tecnologia a alunos oriundos integralmente do ensino médio público, em cursos regulares ou da educação de jovens e adultos. A implementação das cotas será realizada de forma progressiva ao longo de quatro anos e também leva em conta um percentual mínimo correspondente ao da soma de pretos, pardos e indígenas no estado, de acordo com o último censo demográfico do Instituto Brasileiro de Geografia e Estatística (IBGE).
Ley Nº 5194 Que declara de interés social y expropia a favor del Instituto paraguayo del indígena (INDI) para su posterior adjudicación a la Comunidad indígena Sawhoyamaxa del Pueblo Enxet, la Finca Nº 16.786ParaguayNORMATIVASPueblos Indígenas, Vivienda y tierra
Ley Nº 28 De enseñanza bilingüeParaguayNORMATIVASNiñez y adolescencia, Pueblos Indígenas, Educación
Ley Nº 43 Por la cual se modifican disposiciones de la Ley 1372/88 "Que establece un régimen para la regulación de los asentamientos de las comunidades"ParaguayNORMATIVASPueblos Indígenas, Vivienda y tierra La norma establece medidas cautelares de protección de hecho y de derecho sobre los inmuebles que se encuentran en proceso de reivindicación por parte de comunidades indígenas.
Ley Nº 445 Día Nacional de la Mujer Indígena Originaria Campesina del Estado Plurinacional de Bolivia”BoliviaNORMATIVASIgualdad y no discriminación, Mujeres, Pueblos Indígenas
Ley Nº 29.735, que Regula o Uso, Preservación, Desarrollo, Recuperación, Fomento y Difusión de las Lenguas Originarias del Perú.PerúNORMATIVASPueblos Indígenas
Ley Amerindios (Ameridian Act 2006)GuyanaNORMATIVASPueblos Indígenas
Ley de Parto HumanizadoArgentinaSUCESOMujeres, Pueblos Indígenas, Salud, Derechos sexuales y reproductivos La Ley de Parto Humanizado Nº 25.929, promueve que se respete a la familia en sus particularidades –raza, religión, nacionalidad- y que se la acompañe en la toma de decisiones seguras e informadas
Ley Orgánica Contra la Discriminación RacialVenezuelaSUCESOAfrodescendientes, Pueblos Indígenas Se promulga la Ley Orgánica Contra la Discriminación Racial, que da nacimiento a un sistema de prevención y protección, que implica la creación del Instituto Nacional Contra la Discriminación Racial (Incodir)
CIDH emite medida cautelar contra Brasil no caso da bacia do Rio XinguBrasilSUCESOPueblos Indígenas A Comissão Interamericana de Direitos Humanos solicitou ao Governo Brasileiro que suspendesse imediatamente o processo de licenciamento do projeto da UHE de Belo Monte e impedisse a realização de qualquer obra material de execução até que fossem observadas determinadas condições no sentido de proteger os interesses e os direitos das comunidades indígenas afetadas. Após esclarecimentos do governo brasileiro, a CIDH modificou em 29/7/2011 o objeto da medida cautelar e retirou a determinação de não prosseguimento da obra.
Lei de Cotas para o Ensino SuperiorBrasilSUCESOAfrodescendientes, Pueblos Indígenas A Lei nº 12.711/2012 garante a reserva de 50% das matrículas por curso e turno nas 59 universidades federais e 38 institutos federais de educação, ciência e tecnologia a alunos oriundos integralmente do ensino médio público, em cursos regulares ou da educação de jovens e adultos. A implementação das cotas será realizada de forma progressiva ao longo de quatro anos e também leva em conta um percentual mínimo correspondente ao da soma de pretos, pardos e indígenas no estado, de acordo com o último censo demográfico do Instituto Brasileiro de Geografia e Estatística (IBGE).
Marcha de la DignidadParaguaySUCESOPueblos Indígenas, Vivienda y tierra, Ambiente y recursos naturales, Participación y expresión, Democracia y Estado de Derecho Cerca de 3 mil indígenas de los pueblos Enxet, Sanapaná, Angaité, Qon, entre otros protagonizan una histórica primera marcha desde el Chaco hasta Asunción, rompiendo el silencio de siglos. Marcharon hombres, mujeres, ancianos/as, niños y niñas lo que generó un fuerte impacto social despertando solidaridad en la población con la causa indígena y presión a los organismos estatales. Las comunidades indígenas reclamaron la devolución de sus tierras, mayor presupuesto para el INDI, mayor participación política y el cumplimiento de la Constitución y tratados internacionales en materia de derechos humanos.
Sentencia de la CorteIDH en el caso de la "Comunidad indígena Yakye Axa vs. Paraguay"ParaguaySUCESOPueblos Indígenas, Salud, Vivienda y tierra, Ambiente y recursos naturales La Comunidad indígena Yakye Axa y sus miembros fueron despojados de sus tierras y desde el año 1993 se encontraban en tramitación la solicitud de reivindicación territorial, sin que se haya resuelto satisfactoriamente. Esto significó la imposibilidad de la Comunidad y sus miembros de acceder a la propiedad y posesión de su territorio y ha implicado mantenerla en un estado de vulnerabilidad alimenticia, médica y sanitaria, que amenaza en forma continua la supervivencia de los miembros de la Comunidad y la integridad de la misma.
Sentencia de la CorteIDH en el caso "Comunidad Indigena Sawhoxamaxa vs. Paraguay"ParaguaySUCESOPueblos Indígenas, Salud, Vivienda y tierra, Educación, Ambiente y recursos naturales, Acceso a la justicia El Estado paraguayo es condenado por la Corte IDH al no haber garantizado el derecho de propiedad ancestral de la Comunidad Sawhoyamaxa y sus miembros, ésto ha implicado mantener a la Comunidad y a sus mimebros en un estado de vulnerabilidad alimenticia, médica y sanitaria, que amenaza en forma continua su supervivencia e integridad.
Visita de la CIDHParaguaySUCESOPueblos Indígenas, Participación y expresión, Democracia y Estado de Derecho La Comisión Interamericana de Derechos humanos - CIDH celebra su 129 Periodo de Sesiones en Paraguay, visita entre otros lugares, comunidades indígenas y da seguimiento a las condenas del Estado ante el sistema interamericano.
Sentencia de la CorteIDH en el caso "Comunidad Indígena Xákmok Kásek vs. Paraguay"ParaguaySUCESOPueblos Indígenas, Salud, Vivienda y tierra, Alimentación La Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró responsable internacionalmente al Estado del Paraguay por la falta de garantía del derecho de propiedad comunitaria, las garantías judiciales, la protección judicial, así como por la violación a los derechos a la vida, integridad personal, reconocimiento de la personalidad jurídica, los derechos del niño y por el incumplimiento del deber de no discriminar.
Expropiación de tierras a favor de la Comunidad Indigena Sawhoyamaxa.ParaguaySUCESOPueblos Indígenas, Vivienda y tierra, Ambiente y recursos naturales Luego de veinte años viviendo al costado de la carretera, el Estado paraguayo aprueba la Ley 5194 por la cual devuelve a la Comunidad Indígena Sawhoyamaxa sus tierras ancestrales. Con ello, se cumple parte de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Se rechaza expropiación de Yakye AxaParaguaySUCESOPueblos Indígenas, Vivienda y tierra, Ambiente y recursos naturales La Cámara de Senadores rechaza el proyecto de ley de expropación de las tierras ancestrales de la Comunidad indígena Yakye Axa. La expropiación tenía por objetivo restituir las tierras a la Comunidad y dar cumplimiento a la sentencia de la Corte Intermericana de Derechos Humanos. El rechazo fue precedido por dictámenes en contra de las cuatro comisiones asesoras, entre ellas la de Derechos Humanos.
La CSJ ratifica la expropiación a favor de la Comunidad Indígena SahoxamaxaParaguaySUCESOPueblos Indígenas, Vivienda y tierra, Acceso a la justicia La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de inconstitucionalidad planteado en contra de la Ley 5194/14 que expropió 14.404 hectáreas de tierras a favor de la comunidad indígena Sawhoyamaxa como parte del cumplimiento a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del año 2006. En este fallo histórico y el cual sienta jurisprudencia en materia de derechos humanos en el país, entre otras cuestiones la Corte señala que: “…la propiedad privada se ha formado sobre las propiedades comunitarias de los pueblos antiguos y es por ello que el reconocimiento constitucional de los ´pueblos indígenas como preexistentes al Estado Paraguayo´ es de naturaleza declarativa y no constitutiva, por cuanto las mismas (comunidades indígenas), existen mucho antes que la vigencia legal de las tierras en términos de ´propiedad´. Sin embargo, la declaración constitucional permite que hoy las tierras vuelvan al estado anterior de sus poseedores originarios, bajo las reglas de la ´propiedad comunitaria´”.
Criação do Conselho Nacional de Promoção da Igualdade RacialBrasilSUCESOIgualdad y no discriminación, Afrodescendientes, Pueblos Indígenas O CNPIR foi criado pela Lei nº 10.678/2003 como um órgão colegiado de caráter consultivo e integrante da estrutura básica da Secretaria de Políticas de Promoção da Igualdade Racial (SEPPIR). Entre outras atribuições, cabe ao CNPIR participar da elaboração de critérios e parâmetros para a formulação e implementação de metas que assegurem condições de igualdade da população negra e de outros segmentos étnicos.
Creación de la Comisión Presidencial contra la Discriminación RacialVenezuelaSUCESOIgualdad y no discriminación, Afrodescendientes, Pueblos Indígenas El 05.05.05, el presidente Chávez crea la Comisión Presidencial para la Prevención y Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y otras Distinciones en el Sistema Educativo Venezolano, conformada por distintos entes públicos y presidida por el Ministerio del Poder Popular para la Educación
Criação da Secretaria Especial de Saúde IndígenaBrasilSUCESOPueblos Indígenas Com a criação desta secretaria em 19/10/2010, o Ministério da Saúde passa a gerenciar diretamente a atenção à saúde dos indígenas, levando em conta aspectos culturais, étnicos e epidemiológicos dos 225 povos que vivem no País. Também serão funções da SESAI ações de saneamento básico e ambiental das áreas indígenas, como preservação das fontes de água limpa, construção de poços ou captação à distância nas comunidades sem água potável, construção de sistema de saneamento, destinação final ao lixo e controle de poluição de nascentes.
Sitio en proceso de actualización permanente. Si encontrás un error o tenés algún comentario contactate con nosotros a sisur@ippdh.mercosur.int.
Proyecto financiado con recursos del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR
Creative Commons License Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional.